lunes, 25 de julio de 2016

Régimen de la Organización Administrativa en Venezuela

La constitución de 1999 contiene un extenso título IV relativo al "Poder Público, cuyas normas se aplican a todos los órganos que ejercen el Poder Publico tal como lo indica el artículo 136: en su distribución vertical o territorial (Poder Municipal, Poder Estadal y Poder Nacional); y en el nivel Nacional, en su distribución horizontal (Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral).
Para desarrollar los principios constitucionales relativos a la Administración Pública, se ha dictado la Ley Orgánica de la Administración Pública (en lo adelante LOAP), la cual, como lo indica su artículo 1°, tiene por objeto general:
1.    Establecer los principios y bases que rigen la organización y el funcionamiento de la Administración Pública;
2.    Establecer los principios y lineamientos de la organización y funcionamiento de la administración Pública Nacional y de la administración descentralizada funcionalmente;
3.    Regular los compromisos de gestión;
4.    Crear mecanismos para promover la participación y el control sobre las políticas; y

5.    Establecer las normas básicas sobre los archivos y registros públicos

   


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